Blindado Abogados
defensa blindada · abogados expertos TGR

¿Deudas SII/TGR?Frenamos la cobranza. Eliminamos su deuda y recuperamos  el control de su patrimonio.

Si la Tesorería General de la República le ha notificado un embargo, remate o cobranza forzada, todavía puede actuar. Estudiamos su caso, evaluamos prescripción y aplicamos el convenio especial con condonación de la Circular 198 TGR cuando corresponde.

  • Suspensión de embargos y remates en curso
  • Estudio de prescripción de impuestos Art. 200 Código Tributario
  • Convenios especiales de pago TGR con altísima condonación de intereses
Diagnóstico gratuito por WhatsApp
Abogados disponibles ahora · Respuesta promedio en minutos

Nuestra trayectoria

10
Años de experiencia
Especialización exclusiva en defensa tributaria ante la TGR, SII, TTA y Cortes.
+500
Deudas borradas
Casos resueltos con certificado de no deuda emitido por TGR y SII.
100%
Abogados tributarios especialistas
Equipo dedicado, sin intermediarios ni gestores externos.
Embargo o remate tgr inminente

Frene el embargo antes de que la TGR remate sus bienes.

Cuando llega la notificación de embargo, el tiempo es el bien más caro. Intervenimos de inmediato agotando todas las defensas legales disponibles y diseñamos una estrategia tributaria que protege su patrimonio personal y el flujo de caja su empresa.

  • Suspensión del procedimiento de cobranzaSolicitudes formales y excepciones que detienen acciones de cobranza.
  • Alzamiento de embargos vigentesLiberación de cuentas corrientes, facturas, inmuebles, vehículos y bienes de la empresa.
  • Convenios de pago especiales  con altísima condonación de excesivos interes y multas Cuotas alineadas a su capacidad financiera real, no a tablas estándar.
  • Defensa frente a remate públicoExcepciones, recursos y bloqueos del procedimiento de remate.
  • Liberación de factoring retenido y de facturas bloqueadasRecuperación de cesiones de crédito bloqueadas por la TGR.
Frenar mi embargo TGR ahora

Acción legal inmediata

Cada hora cuenta cuando la TGR ya programó el embargo. Nuestra primera respuesta arranca el mismo día hábil.

Cuentas bancarias Facturas Inmuebles VehículosFactoring

Deuda tributaria antigua, defensa real

El Artículo 200 del Código Tributario es claro: pasados los plazos, la TGR no puede cobrar. Pero hay que invocarlo correctamente.

Art. 200 C.T. TTA SII / TGR
Prescripción tributaria

¿Su deuda tributaria tiene más de 3 años? Podría estar prescrita.

No todas las deudas TGR antiguas son cobrables. Realizamos un análisis técnico de la fecha de origen, las interrupciones del plazo y la legitimidad del cobro para invocar la prescripción ante el SII, TGR, Tribunal Tributario y Aduanero, y Tribunales Civiles.

  • Estudio de prescripción Art. 200 C.T.Revisión documental de cada giro, notificación y acto interruptivo.
  • Defensa ante el TTADefensa procesal ante el Tribunal Tributario y Aduanero competente.
  • Eliminación definitiva de la deuda TGRCuando la prescripción es acogida, la obligación deja de ser exigible.
  • Alzamiento de medidas asociadasLevantamiento de embargos vinculados a la deuda prescrita.
  • Eliminación en sistemas SII y TGRGestión hasta obtener el certificado de no deuda actualizado.
Revisar mi prescripción
Convenio especial Circular n° 198 TGR

Una salida ordenada para personas y empresas en crisis financiera.

La Circular N° 198 de la TGR permite reestructurar deudas en condiciones excepcionales con altísimo nivel de intereses y multas. Lo aplicamos cuando el perfil del contribuyente lo permite y maximiza la condonación.

Beneficios principales

Reestructuración con condonación de intereses y multas

10%
Pie mínimo sólo de la Deuda Neta
Entrada accesible para iniciar el convenio.
18–24-36
Cuotas mensuales
Plazo extendido alineado a su flujo de caja real. A su capacidad de pago.
100%
Hasta de condonación
Sobre intereses penales y multas aplicables.
La aplicación del convenio Circular N° 198 está sujeta a evaluación de la TGR y al cumplimiento de requisitos vigentes. Cada caso lo estudiamos individualmente en la evaluación inicial para confirmar elegibilidad y viabilidad con total honestidad.
Nuestro método

Tres fases, sin recetas genéricas.

No aplicamos la misma plantilla a todos los casos. Primero entendemos su situación exacta, después definimos la estrategia legal que más reduce su deuda y protege su patrimonio.

01

Diagnóstico preciso

Revisamos su situación con certificado de deuda TGR, antigüedad de cada giro, embargos vigentes, capacidad de pago y aspectos procesales en curso.

  • Análisis del certificado oficial de deuda
  • Verificación de plazos de prescripción
  • Mapa de embargos y bienes comprometidos
02

Estrategia adecuada

Definimos qué vía aplica a su caso —prescripción, convenio Circular 198, defensa procesal o combinación— y ejecutamos paso a paso hasta el cierre formal.

  • Plan legal escrito y plazos concretos
  • Representación ante TGR, SII, TTA y Cortes.
  • Seguimiento hasta certificado de no deuda de impuestos
03

Ejecución y certificado de no deuda

Ejecutamos la vía aplicable a su caso —prescripción, convenio Circular 198, defensa procesal o combinación— paso a paso hasta el cierre formal.

  • Presentación de diligencias necesarias
  • Monitoreo activo de  gestiones realizadas
  • Verificación de certificado de deuda TGR eliminada
Comparativo de beneficios

Pago al contado vs. Convenio de pago

La condonación bajo la Ley de Reconstrucción es mayor si paga al contado. Compare ambas rutas antes de decidir.

Concepto Pago al contado Convenio (hasta 24 cuotas)
Condonación de intereses Hasta 100% Hasta 95%
Condonación de multas Hasta 80% Hasta 75%
Pie inicial No aplica Mínimo 10% del capital
Ejemplo real

Una deuda de $16.000.000 (capital $10M + $4M intereses + $2M multas), pagando al contado con la ley, se reduce  $10.400.000. Un ahorro de $5.600.000 (35% menos).

¿Es para usted?

Sea honesto con su situación.

✅ Sí, si usted...

  • Tiene una deuda con la TGR o el SII de más de 3 años
  • Sus intereses y multas superan ampliamente el capital original
  • Enfrenta un embargo, remate o anotación 52 vigente
  • Es persona natural o micro, pequeña o mediana empresa

❌ No es para usted si...

  • Está bajo fiscalización activa o fue querellado por delitos tributarios
  • Busca una promesa de resultado garantizado sin análisis previo
  • Pretende firmar un convenio que no podrá sostener en cuotas
  • No está dispuesto a entregar la documentación de su deuda
Nuestro compromiso

Lo que prometemos, y lo que no.

Por qué Blindado Abogados

Siete razones para actuar hoy.

Ventana de 180 días

La Ley de Reconstrucción abrirá un plazo limitado de 180 días para acogerse a la condonación. Cada día que pasa, los intereses y multas siguen creciendo. No espere a que la TGR le embargue.

Quiero mi diagnóstico gratuito
Casos reales

Antes y después de la defensa.

Resultados representativos respaldados por certificados oficiales emitidos por la Tesorería General de la República. Identidades reservadas por confidencialidad profesional.

Persona natural · Región Metropolitana

Deuda IVA de 8 años con embargo de remuneraciones

Antes
$42.800.000 con embargo activo de sueldo
Después
Deuda extinguida por prescripción Art. 200
Certificado TGR de no deuda emitido
Pyme servicios · Las Condes

Empresa con remate de inmueble agendado en 21 días

Antes
$76.500.000 y subasta pública programada
Después
Remate suspendido y convenio aprobado
Acta de suspensión TGR en expediente
Persona natural · Valparaíso

Convenio Circular 198 con condonación de intereses

Antes
$18.200.000 con intereses penales acumulados
Después
Reestructurada en 22 cuotas, pie 10%
Convenio TGR formalizado y vigente
Empresa constructora · Santiago

Liberación de factoring retenido por la TGR

Antes
$54.000.000 en cesiones bloqueadas
Después
Flujo restituido y embargo alzado
Resolución de alzamiento formal
Quiero un caso como este
Nuestra garantía

Compromisos claros, por escrito y desde el primer día.

Evaluación sin compromiso

Estudio inicial gratuito de su deuda tributaria. Si no hay caso viable, se lo decimos. No cobramos por opinar.

Contrato escrito de servicios

Honorarios, alcance, etapas y plazos firmados. Sin letra chica ni cobros sorpresa.

Acompañamiento de principio a fin

Mismo abogado responsable del caso, contacto directo y reportes de avance.

Transparencia documental

Le entregamos copia de cada presentación, resolución y certificado oficial emitido en su caso.

Preguntas frecuentes

Lo que la mayoría de nuestros clientes pregunta primero.

¿Esto es una estafa? ¿Cómo confío en ustedes?

Somos un estudio jurídico formal con oficina física en Las Condes, abogados titulados con patente al día y contrato escrito de servicios. No pedimos transferencias informales, no prometemos resultados imposibles y entregamos copia de cada documento oficial que se presenta o se obtiene en su caso.

¿Tienen oficina física? ¿Puedo ir a reunirme con un abogado?

Sí. Atendemos en nuestras oficinas en Las Condes, Santiago, con cita previa. También trabajamos casos de todo Chile de forma remota por WhatsApp, correo y videollamada, siempre con un abogado responsable identificado.

¿Cuánto cuesta? ¿Hay que pagar antes de saber si tengo caso?

El diagnóstico inicial es gratuito. Solo después de revisar su certificado de deuda y confirmar si existe una estrategia viable, le presentamos una propuesta de honorarios por escrito. Si no hay caso, no hay cobro.

No tengo liquidez para pagar honorarios completos. ¿Hay opciones?

Sí. Trabajamos con planes de pago en cuotas adaptados a su realidad y, en algunos casos, esquemas mixtos. Lo conversamos abiertamente en el diagnóstico para que el camino legal sea financieramente sostenible.

¿Quiénes son los socios y abogados del estudio?

Blindado Abogados es un equipo de abogados titulados con especialización en derecho tributario y procesal. En la primera reunión le presentamos al abogado responsable de su caso y su trayectoria profesional, antes de firmar cualquier contrato.

¿En qué se diferencian de otros estudios o gestores que ofrecen lo mismo?

No somos un call center ni intermediarios. Todo el caso lo lleva un abogado del estudio, de principio a fin. Nos especializamos exclusivamente en defensa ante la TGR y el SII, lo que nos permite conocer en profundidad procedimientos, plazos y criterios de cada unidad regional.

¿Garantizan que mi deuda será eliminada?

Ningún abogado serio puede garantizar un resultado, porque depende de la resolución de la TGR, del SII o de un tribunal. Lo que sí garantizamos es el análisis técnico riguroso, la estrategia adecuada, la ejecución completa y la transparencia en cada etapa del proceso.

Soy persona natural, no tengo empresa. ¿Igual me ayudan?

Por supuesto. Una parte importante de nuestros casos son personas naturales con deudas tributarias heredadas, deudas antiguas, embargos de cuenta o de remuneraciones, y candidatos al convenio Circular 198.

¿Qué alternativas tengo si la TGR no acepta el convenio o la prescripción?

Existen múltiples vías: defensas procesales, recursos administrativos, presentaciones ante el Tribunal Tributario y Aduanero, negociación de plan de pago estándar y, en algunos perfiles, reorganización financiera. En el diagnóstico le mostramos el árbol completo de opciones aplicable a su situación.

Quiénes somos

Defensa Blindada. Boutique Legal expertos en defensa tributaria y protección patrimonial en Chile.

Somos una boutique legal chilena especializado exclusivamente en defensa tributaria frente a la Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos, Tribunales Tributarios y Aduaneros y Cortes del país. Diez años trabajando un solo problema nos permite resolverlo con precisión.

Trabajamos directamente con personas y empresas con deudas TGR heredadas o antiguas, y con empresas que enfrentan cobranza tributaria forzada, embargos o remates. Sin gestores intermediarios, sin promesas vacías.

10
Años de ejercicio
+500
Deudas resueltas
0
Reclamos en SERNAC
100%
Abogados titulados

Oficina central

Las Condes, Santiago de Chile
  • Atención presencial con cita previa
  • Cobertura legal en todo el territorio nacional
  • Representación ante TGR, SII y TTA
  • Confidencialidad profesional garantizada
  • Sin antecedentes de reclamos ante SERNAC

No deje que el embargo siga creciendo.

Cada día que pasa, los intereses, multasy las medidas de cobranza avanzan. Una evaluación inicial de 30 minutos por puede cambiar el resultado de su caso.

Agendar diagnóstico gratuito ahora
WhatsApp directo · +56 9 1021 0212 · Atención 24/7

ELIMINACIÓN TOTAL O REDUCCIÓN DEL 100% DE INTERESES: CÓMO EXTINGUIR TU DEUDA CON EL SII/TGR

En Defensa Blindada no negociamos por negociar. Eliminamos la deuda por la vía legal o la reducimos a su mínima expresión. Para ello aplicamos dos beneficios legales que la Tesorería General de la República (TGR) y el Servicio de Impuestos Internos (SII) no te informarán voluntariamente: la prescripción (artículos 200 y 201 del Código Tributario) y la condonación especial de intereses y multas (Ley de Reconstrucción Nacional y Circular 198 Versión 11 TGR).

1. PRESCRIPCIÓN: LA DEUDA MUERE SIN PAGAR UN PESO

Si tu deuda tributaria tiene más de 3 años desde la expiración del plazo legal para pagar el impuesto y durante ese tiempo no hubo una notificación válida de giro ni un requerimiento de pago del SII o la TGR, la acción de cobro ha prescrito. Esto es así por mandato del artículo 200 del Código Tributario chileno. Solo en casos de declaración maliciosamente falsa (dolo probado) el plazo se extiende a 6 años, pero la carga de la prueba la tiene el Fisco. Lo que hacemos: Analizamos tu expediente en la TGR y el SII. Si detectamos que la última gestión de cobro o notificación es anterior a 3 años, redactamos una solicitud de prescripción ante el Tribunal Tributario y Aduanero correspondiente. Una vez declarada, la deuda se extingue por completo: no pagas capital, no pagas intereses, no pagas multas. Y se levantan automáticamente todas las anotaciones de embargo o las restricciones como la anotación 52.

2. CONDONACIÓN LEY DE RECONSTRUCCIÓN: HASTA 100% DE INTERESES Y 80% DE MULTAS (PROYECTO EN SENADO)

Si tu deuda es más reciente (vencida hasta el 31 de diciembre de 2025) y no califica para prescripción, la Ley de Reconstrucción (actualmente en segundo trámite en el Senado) abrirá una ventana de 180 días desde su publicación en el Diario Oficial para regularizar con beneficios excepcionales. Esta ley ataca el problema real de las deudas antiguas: los intereses penales y las multas que convierten un capital pequeño en una cifra impagable. El mecanismo: Pagas el capital original y se condona casi la totalidad de los accesorios. La condonación es mayor si pagas al contado: Concepto Pago al contado Convenio de pago (hasta 24 cuotas) Condonación de intereses Hasta 100% Hasta 95% Condonación de multas Hasta 80% Hasta 75% Pie inicial No aplica Mínimo 10% del capital Ejemplo real (deuda común en Chile): Capital original: $10.000.000 Intereses penales acumulados: $4.000.000 Multas: $2.000.000 Total adeudado hoy: $16.000.000

Con la ley, pagando al contado, condonamos el 100% de los intereses ($4M) y el 80% de las multas ($1.6M). Usted paga solo: $10.000.000 de capital + $400.000 de multa remanente = $10.400.000. Ahorro: $5.600.000 (35% menos).

¿Quiénes pueden acogerse? Personas naturales y micro, pequeñas y medianas empresas (según clasificación del SII). Un mismo contribuyente puede suscribir hasta tres convenios en el marco de esta facultad. 

LA TRAMPA QUE DEBES EVITAR (Y CÓMO NOSOTROS LA BLOQUEAMOS)

La ley incluye una condición resolutoria: si firmas un convenio de pago (no al contado) y luego dejas de pagar una sola cuota, la condonación se revoca íntegramente. Se reanudan todos los intereses y multas originales sobre el saldo insoluto, como si nunca hubieras obtenido el beneficio. Nuestra protección: Antes de firmar cualquier convenio, evaluamos tu flujo de caja real. Si no puedes sostener las cuotas, no te dejamos firmar. En su lugar, buscamos la prescripción o renegociamos un convenio tradicional bajo condiciones más flexibles (Convenio Especial o Convenio ProPyme).

3. ALTERNATIVA: CONVENIOS DE PAGO TRADICIONALES (SI NO CALIFICAS PARA NADA MÁS)

Si tu deuda es reciente (vencida después de 2025) o no cumples los requisitos de la condonación, la TGR ofrece: Convenio Tradicional: Hasta 24 cuotas, pie variable. Convenio Especial (Full): Para dificultad económica comprobada, con cuotas ajustadas a ingresos (evaluación presencial). Convenio ProPyme: Para empresas bajo artículo 14 D, hasta 18 cuotas sin intereses. Convenio 48 Cuotas: Para deudas de IVA, Renta o Contribuciones anteriores a 2024, con condonación del 100% de multas e intereses si se paga puntualmente (Circular N°1 de 2007 y Circular N°119/2024). Cuidado con las causales de caducidad: Si firmaste después del 1 de marzo de 2018, la mora de tres cuotas (consecutivas o alternadas) extingue el convenio. Si fue antes, bastan dos cuotas consecutivas. También caduca por falsedad de antecedentes o no pago de la cuota final. Causales de exclusión que revisamos previamente: Según la Circular N°119/2024 de la TGR y criterios del SII, no podrás acceder a ningún beneficio si estás bajo fiscalización activa, fuiste querellado por delitos tributarios, tienes giros en reclamación o fuiste sancionado con pena privativa de libertad. Nosotros hacemos un barrido de tu RUT en los sistemas internos antes de iniciar cualquier gestión. 

ENTONCES, ¿CUÁL ES TU MEJOR RUTA?

Si la última gestión de cobro de tu deuda es superior a 3 años, nuestra estrategia es la solicitud de prescripción. El resultado: deuda eliminada, pagas $0. Si tu deuda está vencida hasta el 31 de diciembre de 2025, el capital es bajo pero los intereses y multas la han inflado, nuestra estrategia es hacer uso de los beneficios de la Ley de Reconstrucción y pagar al contado dentro de la ventana de 180 días, si fuese pósible. El resultado: pagas solo el capital original (con condonación del 100% de intereses y 80% de multas). Si tu deuda está vencida hasta el 31 de diciembre de 2025 pero no tienes liquidez para pagar al contado, nuestra estrategia es suscribir un convenio condonado con un pie del 10% del capital y hasta 24 cuotas flexibles a tu capacidad real de pagar. El resultado: pagas el capital original más solo el 5% de los intereses originales y el 25% de las multas originales. Si tu deuda es posterior a 2025 o no califica para ninguna de las figuras anteriores, nuestra estrategia es acudir a un convenio tradicional, especial o ProPyme. El resultado: evitas el embargo, detienes la cobranza y levantas la anotación 52.

DEFENSA BLINDADA: NO ESPERES A QUE LA TGR TE EMBARGUE

Hemos eliminado más de 500 deudas tributarias para empresarios chilenos. No te vamos a vender un convenio si puedes ganar la prescripción. No te vamos a hacer firmar un convenio condonado si no puedes pagar las cuotas. 

En 30 minutos te decimos si tu deuda ya prescribió, si entras en la Ley de Reconstrucción o qué convenio te conviene.

Si tomamos tu caso, solo pagas cuando logramos la eliminación o la condonación efectiva.

Haz clic en el botón. Blindamos tu patrimonio, eliminamos tu deuda TGR.

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